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Pensábamos que la plusvalía municipal con beneficio suponía que nos iba a tocar pagar, pero estábamos equivocados. Los asesores de Anta Consulting nos cuentan todos los detalles.

Este impuesto, cuyo nombre real es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) tiene carácter municipal. Para entender este impuesto debemos saber que el suelo urbano de nuestros pueblos y ciudades tiene un valor que se denomina valor catastral.

Este valor no es algo que se mantenga estático, sino que se trata de algo que se va incrementando con el tiempo de forma habitual.

Como de forma natural, los precios de la vivienda también suelen subir, durante mucho tiempo no hubo ningún problema con la plusvalía municipal. Sin embargo, tras la crisis económica, se dieron casos en los que había que pagar plusvalía municipal pese a que el valor de la vivienda era muy inferior al del momento de la compra.

Por ello, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional este impuesto en los casos en los que no se había producido una ganancia económica.

Reclamar la plusvalía municipal con beneficio

Hasta aquí todo el mundo estaba de acuerdo, pero ¿qué pasaba en los casos en los que sí había beneficio en la venta? Aunque los Ayuntamientos siguen tratando de cobrar la plusvalía, una nueva sentencia abre la posibilidad de reclamación aun habiendo subiendo tanto el valor del suelo como el de la vivienda.

Se trata de la sentencia de 19 de Julio de 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, acorde con lo que ya dijeron anteriormente los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Santander y León.

Según el tribunal, hasta que no se dicte una ley (al haber dicho el TC que la existente es anticonstitucional), los artículos referentes a la plusvalía municipal se encuentran expulsados del ordenamiento jurídico.

Por ello, la Administración carece de cobertura legal para liquidar la plusvalía municipal.

Esta sentencia abre la puerta a las reclamaciones de la plusvalía municipal con beneficio. Aun así, no quiere decir que nos vayan a dar la razón.

Aún queda la posibilidad de que se recurra en casación al Tribunal Supremo y en este caso será este Tribunal el que tenga la última palabra.

Lo que sí ha hecho, de momento, es abrir la puerta a esta posibilidad. Al menos mientras no se redacte una nueva ley que contemple todas las posibilidades y permita a los Ayuntamientos cobrar solo en los casos en los que haya habido algún tipo de ganancia.

Por otra parte, en casos en los que no haya habido una ganancia económica, la legislación es clara. Aunque el Ayuntamiento trate de cobrarlo, podremos reclamar y evitar su pago. Se trata de algo totalmente lógico ya que si se vende una vivienda por mucho menos de lo que se compró hace varios años, esto indica que el incremento del valor del suelo no se ha producido realmente.

Si quieres reclamar la plusvalía municipal con beneficio, ponte en contacto con los expertos de Anta Consulting. También te podremos asesorar con cualquier duda fiscal o tributaria.

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