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Novedades fiscales Impuesto sobre SociedadesA tres días de que termine la campaña de renta de 2016, las empresas ya comienzan a prepararse para la liquidación del Impuesto de Sociedades (IS).

Como todos sabemos, este año han entrado en vigor algunas novedades fiscales que atañen a los tres grandes impuestos de nuestro país: IRPF, IVA e IS. Por ello, en este post hemos destacado las principales consecuencias de la reforma fiscal aprobada el año pasado en la liquidación del IS.

La reforma no sólo ha conllevado una modificación de algunos artículos de la LIS, sino que también ha supuesto la introducción de novedades realmente interesantes y beneficiosas para las empresas.

Principales novedades fiscales en cuanto al Impuesto de Sociedades
  1. El tipo se rebajará del 30 al 28% en 2015 y al 25% en 2016, con la excepción de las empresas de nueva creación que tributarán al 15%.
  2. No tienen la obligación de presentar la declaración del IS las entidades e instituciones sin ánimo de lucro, uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas, colegios profesionales, asociaciones, cámara y sindicatos, además de aquellas sociedades cuyos ingresos totales no superen los 50.000 ingresos anuales, que las rentas exentas no superen los 2.000 euros y que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.
  3. Nuevas reservas de nivelación y capitalización. La primera permite anticipar la aplicación de las futuras bases imponibles negativas, pudiendo dotar un 5% de la cuota íntegra. La segunda, permite dotar una reserva con el 10% del incremento de fondos propios.Compensación de bases imponibles negativas. Se suprime el límite temporal de 18 años para compensar las bases imponibles negativas, pudiéndose compensar a partir del 1 de enero de 2015, además de establecerse un límite del 70%.
  4. Compensación de bases imponibles negativas. Se suprime el límite temporal de 18 años para compensar las bases imponibles negativas, pudiéndose compensar a partir del 1 de enero de 2015, además de establecerse un límite del 70%.
  5. Se suprimen las deducciones para el fomento de las TIC, reinversión de beneficios, gastos para la formación y por la reinversión de beneficios extraordinarios.
  6. Se incrementa el porcentaje del 5% al 25% para ser considerada operación vinculada.Se elimina la deducción de las pérdidas por deterioro del inmovilizado material, intangible (incluido el fondo de comercio), inversiones inmobiliarias, pérdidas por deterioro de los valores representativos de deuda, pérdidas por deterioro de valores representativos de deuda, existencias e insolvencias de créditos.
  7. Se elimina la deducción de las pérdidas por deterioro del inmovilizado material, intangible (incluido el fondo de comercio), inversiones inmobiliarias, pérdidas por deterioro de los valores representativos de deuda, pérdidas por deterioro de valores representativos de deuda, existencias e insolvencias de créditos.

Una vez comentadas las principales novedades fiscales respecto al Impuesto de Sociedades, ya puedes valorar cuáles son las más beneficiosas para tu empresa. En cualquier caso, siempre es recomendable dejar las laborales fiscales en manos de expertos. Por ello, te recomendamos disfrutar del asesoramiento integral que ofrece Proasa Sevilla. ¡Olvídate del estrés de tener que encargarte de las cuestiones fiscales!

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