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Cómo cancelar el seguro de mi pymeUna de las dudas más habituales que suelen surgir al contratar un seguro es, precisamente, cómo cancelar el mismo. En este sentido, la duración del contrato es una cláusula controvertida, ya que es la «permanencia» la que determina las posibles contrataciones cuando queramos cancelar el seguro.

Frente al trámite tradicional en el que buscabas una nueva compañía y cancelabas el seguro que tenías previamente contratado con otra empresa sin ningún problema, lo cierto es que existen distintas dificultades para cancelar el seguro. Por ello, hemos recogido algunos aspectos clave que establece la Ley del Contrato de Seguro habida cuenta de establecer las limitaciones existentes a la hora de cancelar el seguro de tu pyme.

Duración del contrato

En primer lugar, la Ley de Contrato de Seguro establece que la duración del contrato no podrá ser superior a diez años, aunque sí cabe la posibilidad de que se porrogue dicho contrato una o más veces por periodos de no más de un año. A pesar de que cabe la posibilidad de que se incluya esta posibilidad de renovación del contrato de seguro en ningún caso es es obligatoria, sino que cualquiera de las partes puede oponerse a la pórroga manifestando por escrito esta negativa dos meses antes de que se pudiera hacer efectiva.

Reclamar el cobro de la póliza

En segundo lugar, la técnica tradicional de dar la orden al banco de devolver todos los recibos que lleguen del antiguo contrato ya no es válida. Esto es así, puesto que en el caso de que no se cumpla con los pagos correspondientes, la empresa aseguradora podrá reclamar el cobro de la póliza en el plazo de seis meses.

Por lo tanto, es necesario recordar que los contratos están para cumplirse y el caso del contrato de seguro no es una excepción. Es por este motivo por el que el preaviso se convierte en una cuestión fundamental para evitar posibles problemas al cancelar el seguro.


Para evitar los problemas derivados del incumplimiento del contrato de seguro, lo más aconsejable es consultar todas las cláusulas con la empresa aseguradora. Por ello, no dudes en plantear a nuestra empresa de referencia Unión Madrileña todas las dudas que puedan surgirte.

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Categorías: Seguros